La Asamblea Nacional aceptó el veto del presidente Daniel Noboa a la última reforma al Código Tributario, que contempla sanciones económicas para quienes omitan declarar activos mantenidos en el exterior, según lo establecido en la normativa.
La disposición fija una multa equivalente al 0,5 % por la omisión de estos activos, con un límite máximo de 2.075 salarios básicos unificados (SBU).
La medida busca establecer consecuencias económicas para los contribuyentes que incumplan sus obligaciones de información tributaria relacionadas con bienes o recursos que mantienen fuera del país.
Con la aceptación del veto presidencial, el Legislativo dio paso a los cambios planteados por el Ejecutivo dentro del proceso de revisión de la reforma tributaria.
La aplicación de esta disposición dependerá de las condiciones y procedimientos previstos en el texto legal correspondiente, así como de las competencias de las autoridades tributarias para verificar el cumplimiento de las obligaciones.
La decisión vuelve a poner en debate los mecanismos de control fiscal en Ecuador y las responsabilidades de los contribuyentes respecto a la declaración de sus activos en el extranjero